La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la suspensión del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, impulsado por el gobierno de Javier Milei, que buscaba restringir el derecho a huelga2.
El fallo ratifica la decisión de primera instancia dictada por la jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional del Trabajo N° 3, quien había concedido una medida cautelar a favor de la CGT, argumentando que el decreto vulneraba principios constitucionales y derechos laborales esenciales3.
La Justicia vuelve a darle la razón a los trabajadores y protege el derecho a huelga, expresó la CGT.
Los puntos clave del fallo judicial
Los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado sostuvieron que el decreto:
- Viola el principio de división de poderes, ya que el Congreso estaba en funciones cuando fue dictado.
- Modifica derechos laborales de manera permanente, afectando la libertad sindical.
- Amplía el listado de actividades esenciales, obligando a garantizar hasta el 75% de funcionamiento en sectores que decidan ir al paro.
“El decreto vulnera en forma ostensible y manifiesta lo prescripto por la Constitución Nacional y afecta derechos fundamentales de los trabajadores“, señalaron los magistrados.
Reacciones y próximos pasos
La CGT celebró el fallo como un triunfo sindical, mientras que el gobierno de Milei anunció que apelará la decisión ante la Corte Suprema.
El decreto había sido cuestionado por organismos internacionales, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que advirtió sobre la posible violación de convenios internacionales sobre libertad sindical.
Conceptos clave sobre la suspensión del decreto
- DNU 340/2025 suspendido por la Justicia.
- Violación de derechos laborales y libertad sindical.
- CGT celebró el fallo, el Gobierno apelará.
- Impacto en la regulación de huelgas y protestas.